¿Impuesto por publicidad exterior visual? Esto es lo que debes saber sobre la ley 140 de 1994
El impuesto de publicidad exterior visual es un impuesto territorial que cobran los municipios por la instalación de avisos publicitarios en el espacio público.
Este impuesto se rige por la ley 140 de 1994, hoy te contamos todo lo que debes saber.
¿Quienes deben pagar el impuesto por publicidad exterior visual?
El impuesto por publicidad exterior visual deben pagarlo las personas naturales o jurídicas, propietarias de vallas o espacios publicitarios en el espacio público.
Siempre que se va a ubicar publicidad en el espacio público, se debe solicitar el permiso al municipio y pagar el impuesto correspondiente.
Publik es una empresa responsable con el estado en cuanto al pago del impuesto por publicidad exterior.
Es el caso de vallas y cualquier otra exposición publicitaria, como pantallas digitales, que se ubiquen sobre el espacio público, se debe cumplir con la reglamentación según lo dispuesto por la ley 140 de 1994.
¿Qué se entiende por publicidad exterior visual?
Dicha ley menciona acerca de la publicidad exterior visual:
«Se entiende por Publicidad Exterior Visual, el medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.»
No aplica para señalización vial, nomenclatura urbana o rural, información sobre sitios históricos, turísticos y culturales, y aquella información temporal de carácter educativo, cultural o deportivo que coloquen las autoridades públicas.
También debes saber acerca de este impuesto, que este solo aplica para formatos publicitarios iguales o superiores a los 8 metros cuadrados, bien sea en vallas o pantallas digitales.
¿Cuál es el costo del impuesto por publicidad exterior visual?
Debes saber sobre la ley 140 de 1994 que de acuerdo al artículo 14, se menciona que la tarifa del impuesto por publicidad exterior visual, la define cada municipio.
Se indica allí que no puede superar los 5 salarios mínimos mensuales por año y que también tiene que ver con la medida de la publicidad exterior visual.
Así como cada municipio realiza los respectivos cobros, así mismo, cada municipio dispone su ruta de declaración de publicidad exterior.
¿Tienes más dudas acerca del impuesto por publicidad exterior visual? En Publik podemos asesorarte